Archivo General de la Nación explica los alcances del decreto de desclasificación de los archivos del extinto DAS
- La expedición del decreto representa un avance para garantizar el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de las víctimas.
- La desclasificación será gradual: incluye procesos archivísticos y técnicos liderados por el AGN, y la anonimización a cargo de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
- El decreto responde a decisiones judiciales nacionales e internacionales y contempla la participación de entidades como la Procuraduría, así como de la sociedad civil.
Bogotá, D.C., 31 de diciembre de 2025 El Archivo General de la Nación (AGN) reconoce como un paso fundamental la expedición del decreto de desclasificación del fondo documental del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por su aporte a la construcción de memoria histórica, a la promoción de una cultura de paz y a la garantía de los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición para las víctimas. Esta decisión se encuentra en consonancia con los autos de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), las sentencias de instancias internacionales y los compromisos del Estado colombiano en materia de derechos humanos.
A partir del decreto firmado recientemente por el presidente de la República, el Archivo General de la Nación pone a disposición de la ciudadanía la siguiente información con el fin de explicar su contexto, alcance y los procedimientos técnicos y jurídicos que deben surtirse para la desclasificación progresiva del archivo del DAS.
En primer lugar, es importante recordar que en 2014 el AGN recibió una parte del fondo documental del desaparecido DAS. Otros conjuntos documentales fueron transferidos a distintas entidades del Estado, de acuerdo con las funciones que asumieron tras la supresión de la entidad. Así, por ejemplo, los archivos relacionados con funciones migratorias fueron entregados a Migración Colombia y aquellos asociados a antecedentes judiciales a la Policía Nacional. Desde su llegada al AGN, el fondo documental bajo su responsabilidad ha sido objeto de custodia y conservación archivística permanente, tanto en sus secciones administrativas como en los archivos denominados de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados, garantizando su integridad y el cumplimiento de los protocolos propios de un archivo sensible.
Durante estos más de diez años de custodia, el AGN ha atendido de manera continua solicitudes de exfuncionarios del DAS para la expedición de certificaciones laborales a partir del archivo administrativo. En cuanto a los archivos de inteligencia, contrainteligencia y gastos reservados, estos han podido ser consultados por víctimas o sus representantes en el marco de investigaciones judiciales, previa autorización de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y con el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación, conforme a la normatividad vigente.
Paralelamente, y con anterioridad a la expedición del decreto de desclasificación, el AGN venía desarrollando un trabajo técnico sostenido sobre este fondo documental. Dicho trabajo se ha visto fortalecido por decisiones judiciales y medidas de protección adoptadas en los últimos años. En particular, la Jurisdicción Especial para la Paz, mediante autos de seguimiento a las medidas cautelares, impulsó la necesidad de avanzar hacia un tratamiento integral del archivo. En este contexto, el Auto OPV 182 de 2023 autorizó actuaciones técnicas específicas y encargó al AGN la realización de un diagnóstico integral orientado a identificar documentación vinculada con derechos humanos, memoria histórica y conflicto armado.
En cumplimiento de esa orden, el 27 de diciembre de 2024 el AGN entregó a la JEP un diagnóstico técnico y multidisciplinario que incluyó anexos y recomendaciones, y que trazó una hoja de ruta clara para la intervención del archivo. Con base en este trabajo, en 2025 se dio inicio formal a la intervención archivística del fondo, un proceso de alta complejidad que comprende fases como la foliación, la evaluación del estado de conservación y primeros auxilios, la descripción archivística y la digitalización. Se trata de un proceso que exige capacidades técnicas especializadas y recursos sostenidos en el tiempo.
La expedición del decreto recoge y articula este camino recorrido por el AGN y responde, además, a obligaciones derivadas de decisiones internacionales. En particular, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia del 18 de octubre de 2023 (caso miembros de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” vs. Colombia), estableció parámetros para adelantar procesos de tratamiento y depuración de datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia como medida de restitución de derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. El decreto también se enmarca en los autos de la JEP, incluidos el OPV 182 de 2023 y el OPV 778 de 2025.
La hoja de ruta definida en el decreto establece que la desclasificación del archivo del DAS debe realizarse sobre la base de los procesos archivísticos que ya adelanta el AGN. En este sentido, se priorizan las actividades de intervención archivística —foliación, primeros auxilios, restauración y descripción—, seguidas de la digitalización de los documentos. El decreto es explícito en señalar que los documentos originales y las copias físicas permanecerán inalteradas, como garantía de su integridad y preservación.
Una vez concluida la digitalización, el AGN remitirá las versiones digitales a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), entidad encargada de realizar la anonimización. Este proceso consiste en transformar la información para que no sea posible identificar a una persona, sin perder su utilidad para análisis técnicos y científicos, en línea con las normas de protección de datos personales y acceso a la información pública. Finalizada la anonimización, la DNI devolverá las versiones al AGN, que generará la versión digital destinada a la consulta pública.
El decreto establece con claridad que la desclasificación es un proceso técnico y jurídico progresivo. La entrada en vigencia del decreto activa un procedimiento estructurado, con etapas definidas y responsabilidades específicas, cuyo cumplimiento es indispensable para garantizar el acceso responsable a la información. En este marco, se adopta el principio de gradualidad: a medida que se avanza en la intervención archivística y la anonimización, los archivos serán puestos a disposición de la ciudadanía de manera periódica, con reportes de avance al menos cada seis meses.
Adicionalmente, el decreto prevé la elaboración de un plan de trabajo conjunto entre la DNI y el AGN, que incluirá protocolos, cronograma, presupuesto y etapas del proceso, y que será publicado en los portales web de ambas entidades. Asimismo, se garantiza la participación efectiva de la sociedad civil y de las partes interesadas, quienes podrán formular observaciones y recomendaciones orientadas a fortalecer las garantías de verdad, memoria, reparación y no repetición.
El Archivo General de la Nación reafirma que este proceso constituye un avance significativo en la construcción de una cultura de paz y en la comprensión de los hechos históricos ocurridos en Colombia durante la segunda mitad del siglo XX y los primeros años del siglo XXI. La desclasificación progresiva del archivo del extinto DAS representa también un reconocimiento a la lucha de las víctimas, quienes durante décadas han exigido verdad, justicia y garantías de no repetición como pilares de una sociedad democrática.
