Participa
El Menú Participa es lo que se conoce como un menú destacado o principal, que debe ir alojada en la página inicial de los sitios webs de las entidades públicas a fin de garantizarles a los ciudadanos la información sobre los mecanismos que ofrece cada entidad pública para una participación efectiva, por tanto, esto es un nuevo impulso para el ejercicio ciudadano participativo.
Participación para el diagnóstico de necesidades e identificación de problemas
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Consulta ciudadana
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Planeación y presupuesto
Control social
Control Social:
El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.
Alcance del Control Social:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley 1757 de 2015, en el desarrollo del control social a la gestión pública se podrá:
- Solicitar la información pública que se requiera para el desarrollo de su labor, en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo;
- Presentar observaciones de la labor desarrollada al ente encargado de la política pública;
- Presentar peticiones, denuncias, quejas y reclamos ante las autoridades competentes.
- Presentar acciones populares en los términos de la Ley 472 de 1998;
- Presentar acciones de cumplimiento en los términos de la Ley 393 de 1997;
- Presentar Acciones de Tutela en los términos del Decreto número 2591 de 1991;
- Participar en Audiencias Públicas ante los entes que las convoquen;
- Hacer uso de los recursos y acciones legales que se requieran para el desarrollo del control social.
Modalidades del Control Social
En los términos de las leyes que las regulan, y a través del ejercicio de los derechos constitucionales dirigidos a hacer control a la gestión pública y sus resultados los cuales están contemplados en el artículo 63 Ley 1757 de 2015.
Se puede desarrollar el control social a través de:
La veeduría ciudadana es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
Para presentar una denuncia relacionada con posibles actos de corrupción presuntamente cometidos por servidores públicos del Archivo general de la Nación en el desempeño de sus funciones, se podrá hacer a través de los siguientes correos electrónicos:
Enlaces de interés:
- Consulta de Veedurías (https://ruesfront.rues.org.co/)
- Transparencia y acceso a la información pública (https://www.archivogeneral.gov.co/agn/transparencia/)
- Plan Nacional de Formación para el Control Social a la Gestión Pública (https://www1.funcionpublica.gov.co/web/murc/control-social)